
El Tribunal Supremo ha reconocido, este jueves, que todo el periodo de prejubilación, seguido de la firma de un contrato relevo con otra persona, cotizará al 100% al pasar a la jubilación completa.
Así, el trabajador tendrá derecho a que, en el cálculo correspondiente a la pensión de la jubilación completa, se cotice todo el periodo de prejubilación, incluido el tiempo de contrato del empleado relevo, como una jornada laboral de ocho horas.
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