El Tribunal Supremo ha rechazado que la progenitora de una familia monoparental tenga derecho a acumular el doble de prestación por nacimiento y cuidado de hijo.
La Sala de lo Social del Alto Tribunal sienta jurisprudencia con esta decisión que desestima la pretensión de las madres que crían solas “por entender que la configuración del Régimen Prestacional de la Seguridad Social corresponde exclusivamente al legislador, que recientemente rechazó en el Senado una enmienda que pretendía introducir en la Ley una modificación en este sentido”.
En su sentencia, el Supremo alega que “es al legislador al que le compete ponderar los distintos intereses en juego (corresponsabilidad en el cuidado del niño, interés del menor, interés del progenitor) y decidir al respecto la solución más conveniente”.




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