Los trabajadores que sufran una baja médica, sea por una enfermedad o accidente, dentro o fuera del trabajo; ya no tendrán que entregar a la empresa una copia con el parte elaborado por el médico. Tampoco tendrán que hacerlo si la baja persiste y el facultativo decide alargar la situación de incapacidad ni cuando finalmente reciban el alta.
El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros un real decreto en el que introduce algunas modificaciones en la regulación de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días del mismo. Con esta modificación, el Ejecutivo pretende “eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos”.
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